Mapa jurídico de la autorización
autorización de residencia cuando la solicitud se presenta desde España.
visado nacional cuando la solicitud se presenta en el consulado.
plazo legal de resolución de la solicitud de autorización ante la UGE.
importe orientativo de los ingresos mínimos del solicitante principal en 2026.
Los plazos y los requisitos económicos se indican conforme a la normativa vigente en la fecha de actualización. Antes de presentar la solicitud es necesario volver a comprobar los importes y requisitos actuales.
Perfil del solicitante
Si reside en España, Rusia, Latinoamérica, Norteamérica, Reino Unido o Emiratos Árabes Unidos, debe distinguir su nacionalidad de su país de residencia. La autorización se dirige a teletrabajadores internacionales que cumplen los requisitos legales; vivir en uno de esos países no acredita por sí solo el derecho a obtenerla. Se comprueban el trabajo remoto, los recursos, la Seguridad Social y la vía de presentación.
Pueden ser solicitantes adecuados
- Empleados de empresas extranjeras.
- Trabajadores autónomos y profesionales independientes con clientes extranjeros.
- Titulares de empresas, si su actividad profesional y su relación con la empresa están documentalmente acreditadas.
En el caso del trabajador por cuenta ajena, el trabajo debe realizarse para empresas situadas fuera de España.
El profesional independiente puede prestar servicios a clientes españoles, pero los ingresos derivados de esa actividad no deben superar el 20 % del total de su actividad profesional.
Criterios jurídicos
- La empresa extranjera desarrolla una actividad real y continuada desde hace al menos un año.
- La relación laboral o profesional con la empresa o el cliente existe desde al menos tres meses antes de la solicitud.
- El empleador o el cliente autoriza la realización del trabajo a distancia desde España.
- El solicitante dispone de un título de un centro reconocido o de al menos tres años de experiencia profesional acreditada.
- El solicitante cuenta con ingresos suficientes y estables.
- Se cumplen los requisitos en materia de Seguridad Social.
- Se dispone del seguro médico necesario, cuando resulte exigible en la situación concreta.
- No existen antecedentes penales que impidan la concesión de la autorización.
- En caso de solicitud desde España, el solicitante se encuentra legalmente en el país.
Ingresos en 2026
| Solicitante | Importe orientativo |
|---|---|
| Solicitante principal | aproximadamente 2.849 € al mes |
| Primer familiar | aproximadamente 1.069 € al mes adicionales |
| Cada familiar adicional | aproximadamente 357 € al mes adicionales |
Cálculo orientativo para 2026: SMI de 1.221 € en 14 pagas (RD 126/2026), anualizado entre 12 meses; 200 % para el titular, 75 % para el primer familiar y 25 % por cada familiar adicional. El redondeo de esta tabla es informativo: confirme el criterio vigente de UGE o del consulado antes de presentar.
Por regla general, un único extracto bancario no resulta suficiente: habitualmente se valoran la regularidad de los ingresos, su importe y el origen documentalmente acreditado de los mismos.
Elección de la vía procedimental
Solicitud en el consulado
- El solicitante se encuentra fuera de España.
- Se comprueba el consulado de España competente por su domicilio y la prueba de residencia en su demarcación; vivir en Moscú, México, Estados Unidos, Canadá, Londres o los EAU no permite elegir cualquier consulado.
- Se expide un visado nacional con una vigencia de hasta un año.
- La lista exacta de documentos y el procedimiento pueden depender de cada consulado.
Solicitud desde España
- El solicitante se encuentra legalmente en España.
- La solicitud se presenta por vía electrónica ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE).
- La autorización inicial puede concederse por un periodo de hasta tres años.
- Tras la concesión deben cumplirse los trámites posteriores, incluida la expedición de la TIE cuando resulte aplicable.
Matriz de pruebas
Al preparar la solicitud no basta con disponer de documentos aislados. Todas las pruebas deben acreditar una imagen única y coherente: quién realiza el trabajo, para qué empresa o clientes, desde qué momento, en qué condiciones, de dónde proceden los ingresos y qué sistema de Seguridad Social resulta aplicable.
- Pasaporte extranjero en vigor.
- Solicitud y justificante del pago de la tasa administrativa.
- Contrato laboral o contrato mercantil de prestación de servicios.
- Documentación acreditativa de la existencia de la relación desde al menos tres meses.
- Carta del empleador o del cliente sobre la posibilidad de trabajar a distancia desde España.
- Acreditación de la actividad de la empresa extranjera durante al menos un año.
- Documentación de ingresos: nóminas, facturas, contratos, extractos bancarios y otros justificantes.
- Título académico o documentación de experiencia profesional de al menos tres años.
- Documentación en materia de Seguridad Social.
- Seguro médico, cuando resulte necesario.
- Certificados de antecedentes penales.
- Documentación de los familiares.
- Certificados de matrimonio y de nacimiento.
- Apostilla o legalización y traducción jurada al español, cuando sea exigible.
La lista definitiva depende de la vía de presentación, del país de expedición de los documentos, de la modalidad de trabajo y de la situación familiar.
Dos modelos profesionales
| Trabajador por cuenta ajena | Profesional autónomo |
|---|---|
| Trabaja con un contrato laboral. | Trabaja mediante contratos de prestación de servicios. |
| El empleador debe estar situado fuera de España. | Acredita la relación con los clientes, los ingresos y la actividad profesional. |
| En el marco de esta autorización no se admite trabajar para una empresa española. | Puede trabajar con clientes españoles dentro del límite del 20 % de su actividad total. |
| Resulta especialmente importante acreditar correctamente la Seguridad Social. | Habitualmente se requiere el alta en el sistema español de Seguridad Social conforme a la situación concreta. |
Familia
Junto con el solicitante principal pueden solicitarla el cónyuge, la pareja registrada, la pareja en una relación estable acreditada, los hijos menores de edad, los hijos mayores de edad económicamente dependientes del solicitante que no hayan formado una familia propia y los ascendientes a cargo cuando se cumplan las condiciones establecidas.
No todos los familiares pueden incluirse en la solicitud. Respecto de cada familiar es necesario acreditar el vínculo, los medios económicos adicionales y el cumplimiento de los requisitos generales. Los documentos extranjeros suelen requerir apostilla o legalización y traducción oficial.
Seguridad Social y seguro médico
El seguro médico es necesario cuando el solicitante no está cubierto por la Seguridad Social española. Su exigibilidad depende del modelo profesional del solicitante, del país del empleador y del sistema de Seguridad Social aplicable.
Cuando el seguro resulta exigible, debe ser de cobertura completa, con una entidad autorizada para operar en España, sin copagos y sin periodos de carencia.
El seguro médico privado no sustituye automáticamente a las obligaciones en materia de Seguridad Social: se trata de requisitos distintos que se valoran por separado.
Mapa administrativo tras la resolución
- 1Obtención de la resolución.
- 2Entrada en España, si la solicitud se presentó en el consulado.
- 3Expedición de la TIE, cuando resulte exigible.
- 4Cumplimiento de las obligaciones ante la Seguridad Social.
- 5Empadronamiento en el domicilio, cuando sea necesario.
- 6Control de los plazos de renovación.
La autorización de residencia concedida por tres años puede renovarse, si se mantienen las condiciones, en la forma prevista legalmente.
Mapa de riesgos del expediente
10 incoherencias que pueden debilitar la solicitud
- 1. Actividad real de la empresa extranjera.
Posible debilidad probatoria: Acreditación insuficiente de la actividad real de la empresa.
Qué es necesario comprobar: Documentación registral, antigüedad de la empresa y acreditación de su actividad económica efectiva.
- 2. Antigüedad mínima de tres meses de la relación con el empleador o el cliente.
Posible debilidad probatoria: La relación con el empleador o el cliente existe desde hace menos de tres meses.
Qué es necesario comprobar: Fecha de celebración del contrato, pagos y comunicaciones que acrediten la continuidad de la relación.
- 3. Posibilidad de trabajar a distancia desde España.
Posible debilidad probatoria: El contrato no prevé el trabajo a distancia desde España.
Qué es necesario comprobar: Redacción del contrato o carta específica de la empresa autorizando el trabajo a distancia desde España.
- 4. Ingresos suficientes y regulares.
Posible debilidad probatoria: Los ingresos están acreditados de forma incompleta o irregular.
Qué es necesario comprobar: Coincidencia de los importes en contratos, facturas, nóminas y extractos bancarios durante todo el periodo.
- 5. Seguridad Social correctamente formalizada.
Posible debilidad probatoria: La Seguridad Social se ha formalizado de manera incorrecta.
Qué es necesario comprobar: Sistema de aseguramiento aplicable, existencia de convenio con el país del empleador y documentación acreditativa.
- 6. Idoneidad jurídica de los documentos extranjeros.
Posible debilidad probatoria: Falta la apostilla o la traducción jurada.
Qué es necesario comprobar: Requisitos de legalización según el país de expedición y existencia de traducción de traductor jurado.
- 7. Coherencia del expediente.
Posible debilidad probatoria: Documentos de distintas fuentes contienen datos contradictorios.
Qué es necesario comprobar: Cotejo de fechas, puestos, importes y denominaciones de empresas en todos los documentos.
- 8. Vigencia y coherencia temporal del expediente.
Posible debilidad probatoria: Los documentos se han preparado en fechas distintas y algunos han perdido vigencia.
Qué es necesario comprobar: Vigencia de certificados, extractos y traducciones en la fecha de presentación.
- 9. Cumplimiento de los requisitos técnicos de presentación.
Posible debilidad probatoria: Los documentos se han cargado en un formato incorrecto o no están debidamente firmados.
Qué es necesario comprobar: Formato y tamaño de los archivos, firma electrónica e integridad del expediente cargado.
- 10. Respeto del límite de trabajo con clientes españoles en el caso del profesional independiente.
Posible debilidad probatoria: La proporción de ingresos procedentes de clientes españoles no está documentalmente separada de la extranjera.
Qué es necesario comprobar: Cálculo del porcentaje de clientes españoles sobre la actividad total y su acreditación mediante facturas y extractos.